A partir del 12 de julio pasado, entró en vigor el decreto que reforma y adiciona la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Medidas Restrictivas de Libertad para el Estado de Sonora y el Código Penal, para procesar como delito penal a quien introduzca o sea sorprendido con un teléfono celular en el interior de los Cerezos, informó el director general de los Centros de Readaptación Social, Ricardo Ornelas Saavedra.
Señaló que ésta Ley, contempla una pena de tres a cinco años de prisión, y de 100 a 300 días de multa, si los responsables llegaran a ser servidores públicos, reos, visitantes o abogados que porten un celular en el interior del área de indiciados, pabellones o áreas comunes de los penales. Si en su caso, las personas sorprendidas con un dispositivo de comunicación electrónico son custodios, serán inhabilitados de sus cargos.
Éste decreto se publicó el día 11 de julio y entró en vigor el pasado martes 12 del mismo mes, siendo Sonora el único estado a nivel nacional en aplicar ésta Ley, lo que lo convierte en el primero a nivel nacional en contar con éste delito tipificado, también ayudará a bajar los niveles de extorsión telefónica que se generan en el interior de los penales del Estado.
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